La Justicia definió hacer lugar a la medida cautelar impulsada por la CGT, y suspende la vigencia de 82 artículos de la Ley de Reforma Laboral


La justicia Nacional del Trabajo suspendió la vigencia de 82 artículos (el núcleo más importante de los cambios a la legislación laboral), de la ley de reforma laboral n° 27802, mal llamada “Ley de Modernización Laboral”. La decisión judicial hace lugar a la medida cautelar peticionada por la CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
De esta manera, la Justicia Nacional del Trabajo ha puesto un límite constitucional a la Reforma Laboral con el dictado de ésta medida cautelar, para que no se produzca una afectación de derechos de modo grave a las personas e instituciones involucradas, facilitando el análisis del derecho de fondo mientras se
preserva la paz social, entendiendo que de no suspender su vigencia, podría producirse la “afectación de derechos constitucionales” e implicaría el riesgo de “perjuicio inminente para los trabajadores/as”.

La Justicia determina que los trabajadores y trabajadoras deben gozar de la protección de las leyes: la progresividad de los derechos sociales y laborales es la razón última del desarrollo económico de las naciones tal como lo establecen las normas internacionales.
Este avance en la instancia judicial, alcanzado merced a la movilización y el persistente accionar de la CGT y su equipo legal, es el primer paso para garantizar los derechos de los trabajadores y trabajadoras de nuestro país.
Este paso importantísimo que se ha dado en esta instancia judicial, REAFIRMA Y NOS COMPROMETE A MANTENER LA LUCHA Y RESISTENCIA A TODA MEDIDA QUE AFECTE A LOS DERECHOS DE LAS Y LOS TRABAJADORES.