El acuerdo entre la Cámara Empresarial y FTIA, comprende 1 pago de $150000 no remunerativo, a partir de la categoría inicial y con apertura de categorías a hacerse efectivo $75000 antes de fin de mes y $75000 con la liquidación de la primera quincena de noviembre, también con apertura de categorías.

En el marco de la Discusión Paritaria del CCT 244/94, nuestra Federación (FTIA) y la Cámara Empresaria del sector (FIPAA), arribaron a un Acuerdo sobre el incremento salarial para el periodo Septiembre/Diciembre 2026 consistente en 7,35 % a efectivizarse de la siguiente forma:
- $ 75.000,00.- a partir de la categoría inicial, y con la correspondiente apertura de categorías, que se deberá abonar antes del 30 de octubre.
- $ 75000 a partir de la categoría inicial, con la correspondiente apertura de categorías, que se deberá abonar en conjunto con la primera quincena de noviembre
- Se fija la escala salarial con los valores horas a partir del mes de diciembre del 2026, representando un aumento del 7,35% respecto de los valores vigentes.
En ese sentido, la Comisión Directiva de FTIA deja en claro que al fijar la escala salarial a partir de Diciembre, la misma impacta en el pago del medio aguinaldo y a todos los efectos remunerativos Además, se fijó una cláusula de revisión para el mes de diciembre/26
F.T.I.A. REAFIRMA SU COMPROMISO EN DEFENSA DEL PODER ADQUISITIVO DE LOS SALARIOS DE LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS DE LA ALIMENTACIÓN.